ARTÍCULO 10-, DE LA ENTRADA Y SALIDA DE TRASTEOS: Todo trasteo para entrar o salir de la
Copropiedad debe tener autorización escrita de la administración con copia a la portería. Lo anterior
debe solicitarse con dos días de hábiles de anticipación como mínimo.
El horario de trasteos será de 8:00 am a 5:00 pm de lunes a Domingo, salvo que las las autoridades
municipales dispongan medida diferente.
ARTÍCULO 11 -, DE LOS VISITANTES A DOMICILIO, VENDEDORES AMBULANTES, DISTRIBUCION DE
PROPAGANDA Y OTROS SERVICIOS PUERTA A PUERTA: Sin excepción esta clase de ingreso será
autorizado por la Unidad receptora, y estarán bajo su responsabilidad.
PARAGRAFO: Queda prohibida la fijación y distribución de propaganda de todo tipo de avisos ,
publicidad o vallas, así como el empleo de cualquier otro medio publicitario dentro de la
Copropiedad. Excepcionalmente, quien desee propaganda de algún producto, deberá tener
autorización expresa de la administración, quien se reservara el derecho otorgarla, respetando
dicho medio los parámetros dados.
